martes, 15 de octubre de 2019

Solicitada más lotería de Navidad de Lue



Se ha agotado la primera tanda de lotería navideña con el número de este año de la Asociación (99539), por lo que hemos tenido que pedir más cantidad del mismo número.

Por tanto, todos aquellos interesados que todavía no la tengan o que quieran regalar a familiares y amigos, que se pongan cuanto antes en contacto con la directiva para proporcionarles la cantidad que deseen, antes de que se agote totalmente.


Misa de Difuntos en Lue



Nos informan, y así trasladamos, que la Misa de Difuntos en Lue se celebrará el sábado día 2 de noviembre a las 11 horas, en la iglesia parroquial de San Vicente.









lunes, 14 de octubre de 2019

Opción del voto por correo para evitar desplazarse de Lue a Pernús en la próxima cita electoral del 10 de noviembre




Como hemos indicado en entradas anteriores, esta Asociación había tomado la iniciativa de solicitar a la Junta Electoral de Zona el cambio de lugar de votación para los empadronados en Lue, que desde hace años se ven obligados a desplazarse hasta Pernús.

Este asunto lo planteamos dentro del marco de las últimas elecciones, celebradas el pasado mayo, y en aquel momento, con tanta cercanía para la colocación de urnas, se descartó por los plazos, emplazando su solicitud para las siguientes, que normalmente se entendía que se celebrarían dentro de algunos años, razón por la que no nos hemos dado prisa, y esto ha hecho que nos hayamos visto sorprendidos con la prontitud en una nueva cita electoral, razón por la que -culpa nuestra de no haber sido más diligentes- probablemente volvamos a no llegar a cumplir el objetivo. Esperamos que, si finalmente no se puede conseguir para esta ocasión, sí lo sea para la siguiente cita con las urnas.

No obstante, existe la opción de votar sin necesidad de acercarse a Pernús, que es la de el voto por correo, que se puede realizar de forma sencilla y que a continuación explicamos.



SOLICITUD DEL VOTO POR CORREO (en la oficina de Correos)


  • Se puede solicitar hasta el 31 de octubre (inclusive) en una oficina de Correos de España, en su horario habitual de apertura, dónde el elector dispondrá del impreso de solicitud de voto por correo.
  • Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector (se debe mostar el DNI -no sirve el resguardo del DNI en trámite-, permiso de conducir o pasaporte para comprobar su identidad y firma) salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que impida la formulación personal de la solicitud, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
  • Se rellena el modelo oficial de solicitud de voto por correo y se entrega personalmente en la oficina de Correos, que se encargará de entregar las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.




ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL (en el domicilio señalado)


  • Se entregará al elector por correo certificado la documentación necesaria para emitir su voto.
  • La entrega de la documentación se realizará siempre personalmente al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud.
  • Después de 2 intentos fallidos de entrega en el domicilio solicitado, se dejará aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente.





REMISIÓN DEL VOTO (en la oficina de Correos)


  • El elector deberá presentar el sobre dirigido a la mesa electoral conteniendo el certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación, en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina postal de España.
  • El envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito en cualquier oficina postal España.



PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL


  • Todas las personas con discapacidad, y que sean mayores de 18 años, podrán ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera.


EN CASO DE ENFERMEDAD O INCAPACIDAD QUE IMPIDA LA FORMULACIÓN PERSONAL DE LA SOLICITUD DE VOTO


  • El elector deberá acreditar la misma mediante certificación médica oficial que se incluirá junto al impreso de solicitud del voto por correo.
  • Dicha solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarialmente o consularmente.
  • Cada elector sólo puede estar representado por una persona autorizada y cada persona autorizada sólo puede representar a un elector.
  • El empleado de Correos recogerá la documentación presentada por el representante para su remisión a la Oficina del Censo Electoral.



Toda la información oficial en el sitio correspondiente de Correos: https://www.correos.com/voto-por-correo-10n/